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REPRESENTACIÓN Y REPRESENTATIVIDAD

  • Jorge Ocaña
  • 21 sept 2016
  • 3 Min. de lectura

Al tratar el tema de la necesidad de reforma del modelo electoral se tienden a emplear dos términos que rara vez se diferencian, y que a menudo se utilizan indistintamente intercambiándose como si su significado fuese el mismo. Los conceptos representación y representatividad constituyen la clave que diferencia los dos grandes modelos electorales existentes; el mayoritario y el proporcional.


La representación es un concepto relativo a la política y lo jurídico, utilizado tanto en derecho público como privado. La acción de representar lo es de personas físicas o jurídicas, y se lleva a cabo por otras personas, a quienes se denomina; “representante de”. En la relación de representación han de intervenir tres sujetos; el representante (sujeto activo), el representado (sujeto pasivo), y ante quien se representa. Esta acción consiste en la potestad otorgada por el representado a su representante para actuar en su nombre ante quien ha de ser representado. El primero se limita a seguir las instrucciones y expresar la voluntad del segundo con sus actos, de quien debe recibir su consentimiento. Por tanto, es un requisito esencial que el representado acceda voluntariamente a solicitar la representación, de la cual puede prescindir y desvincularse en cualquier momento.


Como ejemplos de representación se encuentran la elección de un médico para llevar a cabo una intervención quirúrgica o de un abogado para defender una causa. Ambos son seleccionados por su mayor conocimiento que el representado respecto a la tarea que deben desempeñar, y lo son en un momento determinado para un fin concreto, no lo son necesariamente para siempre en todas las intervenciones que el representado requiera ni para todas las causas judiciales que tenga a lo largo de su vida.


La representatividad es un concepto perteneciente al ámbito de la sociología, que entraña una relación de semejanza entre personas, animales, cosas (animadas o inanimadas), lugares, realidades inmateriales, etc., de las cuales se dice que son “representativa de”, en el sentido de típicas o parecidas, asemejándose al sujeto u objeto con el que se les relaciona y del que no requieren ningún tipo de consentimiento para que se dé esa asociación.


Como ejemplos de representatividad se considera que una fotografía es representativa de una persona, una imagen es representativa de un paisaje, un mapa es representativo de un espacio geográfico, las sevillanas son representativas de Andalucía, Pau Gasol, Rafa Nadal y Fernando Alonso son representativos del deporte español, la paloma es representativa de la paz, la bandera y el himno son representativos de una Nación o las encuestas son representativas de la opinión pública.


Al extrapolar estos dos conceptos al campo electoral nos encontramos dos tendencias contrapuestas. Por un lado, están quienes defienden un sistema electoral mayoritario en el que se elija, controle, y en su caso deponga a personas concretas, representantes de quienes los han elegido. Y por otro, quienes abogan por un sistema electoral proporcional en el que se vota a partidos o siglas cuyas ideas sean representativas de quienes les han votado, pero donde el control sobre los designados brilla por su ausencia.


La representación constituye un mecanismo de control para exigir la responsabilidad del representante por parte de sus representados. Mientras que para la representatividad prevalece la existencia de una afinidad ideológica, religiosa, de sexo, raza, clase social, etc., convirtiendo el Parlamento en una fotografía o reproducción en miniatura de la sociedad, para quienes lo importante es que todas las corrientes ideológicas de la sociedad estén presentes en el Parlamento en proporción a su importancia numérica, y no necesariamente que esas personas actúen de acuerdo a la voluntad y en defensa de los intereses de electores concretos.

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